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Repara tu Deuda Abogados cancela 131.017,43€ en Gijón (Asturias) con la Ley de la Segunda Oportunidad

Repara tu Deuda, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado otra cancelación de deuda mediante la Ley de Segunda Oportunidad. Se trata del caso de JFG, vecino de Gijón (Asturias), soltero. El Juzgado de Primera Instancia nº11 de Gijón (Asturias) ha concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), liberándole de una deuda que ascendía a 131.017,43 euros. VER SENTENCIA

El deudor solicitó créditos para gastos personales que no pudo cubrir con sus ingresos y figura como titular de un préstamo de hipoteca que asume el pago total la pareja. Por esta razón, no tuvo más remedio que acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para empezar una nueva vida desde cero.

La Ley de la Segunda Oportunidad continúa siendo una de las grandes desconocidas en nuestro país. Aprobada hace siete años en España, cada vez son más las personas que empiezan a ser conscientes de que existe una herramienta legal que les permite tener una segunda oportunidad en la vida.

Más de 18000 particulares y autónomos han empezado el proceso con Repara tu Deuda Abogados para lograr levantarse sin deudas. Estas personas corresponden a todas las comunidades autónomas de España.

Repara tu Deuda Abogados es el despacho especializado en la Ley de la Segunda Oportunidad en España que más casos ha llevado en el país y el que más deuda ha cancelado, al lograr superar la cifra de los 70 millones de euros de deuda.

“Hemos hecho grandes esfuerzos por acercar la Ley de la Segunda Oportunidad a personas necesitadas de acogerse a esta herramienta desde nuestros inicios en septiembre de 2015 en Catalunya”, explican los abogados.

La Ley de la Segunda Oportunidad permite la cancelación de las deudas de particulares y autónomos que están en situación de sobreendeudamiento. Para ello, es necesario cumplir con una serie de requisitos como son actuar de buena fe, haber intentado un acuerdo previo para el pago a plazos de la deuda o que ésta no supere los 5 millones de euros.

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